Con el CAU ¿Existe alguna modificación sustancial para acreditar el requisito de “Solvencia financiera” para la concesión del estatuto de operador económico autorizado?

Se detalla con mayor precisión la forma ce acreditar el requisito. Así, se considerará cumplido cuando el solicitante cumpla las condiciones siguientes:

a) No está incurso en un procedimiento concursal;

b) Durante los últimos tres años anteriores a la presentación de la solicitud, ha cumplido sus obligaciones financieras en relación con el pago de los derechos de aduana y los demás derechos, tributos o gravámenes recaudados sobre la Importación o exportación de mercancías o en relación con ellas;

c) Demuestra, sobre la base de los registros y de la información disponibles para los tres últimos años anteriores a la presentación de la solicitud, que dispone de capacidad financiera suficiente para cumplir sus obligaciones y hacer honor a sus compromisos relativos a la naturaleza y el volumen de las actividades comerciales, en particular no disponer de activos netos negativos, excepto en caso de que puedan cubrirse.

El sitio www.ispaf.institute utiliza cookies propias para recopilar información que ayuda a optimizar su visita a sus páginas web. No se utilizarán las cookies para recoger información de carácter personal. Usted puede permitir su uso o rechazarlo, también puede cambiar su configuración siempre que lo desee. Encontrará más información en nuestra Política de Cookies.
Aceptar cookies Modificar su configuración